Accidentes de Automóvil
Lesiones en colisiones.
Más información sobre Accidentes de AutomóvilResumen rápido
En Oregón, después de un accidente generalmente tiene dos años para presentar una demanda por lesiones personales (ORS 12.110). Bajo la regla de negligencia comparativa modificada (ORS 31.600), aún puede recuperar daños si fue parcialmente responsable, siempre que su porcentaje de culpa sea menor al de la otra parte. La primera consulta es gratis.
Qué atendemos
Lesiones en colisiones.
Más información sobre Accidentes de AutomóvilIncluye reparación de la motocicleta.
Más información sobre Accidentes de MotocicletaPérdida de un ser querido.
Más información sobre Muerte por NegligenciaPreguntas frecuentes
En la mayoría de los casos sí. El sistema legal puede ser complicado y los ajustadores de seguros están entrenados para pagarle lo menos posible. Tener un abogado mejora sus posibilidades de recuperar todos sus gastos médicos, salarios perdidos y una indemnización justa por dolor y sufrimiento.
La primera consulta en nuestra oficina es gratis. Evaluamos su caso, le explicamos sus opciones y le decimos qué podemos hacer — todo sin costo y sin compromiso.
En Oregón, por regla general, tiene dos años a partir de la fecha del accidente para presentar una demanda por lesiones personales (ORS 12.110). Hay excepciones, así que es mejor hablar con un abogado pronto para que un plazo no decida el caso por usted.
Oregón sigue la regla de negligencia comparativa modificada (ORS 31.600). Esto significa que aún puede recuperar daños aunque haya tenido parte de la culpa, siempre que usted sea menos responsable que la otra parte. Su compensación se reduce en proporción a su porcentaje de culpa.
Las ofertas tempranas suelen estar muy por debajo del valor real del caso. Antes de firmar nada, déjenos revisar la oferta — la revisión es gratis. Una vez que firma un acuerdo, ya no puede reabrir el caso si después sus lesiones resultan más graves de lo que pensó.
Muchos casos se resuelven por acuerdo, pero preparamos cada uno como si fuera a juicio. Vamos a juicio cuando usted lo pide. Precisamente esa preparación es lo que muchas veces produce un acuerdo justo.
No. La ley no lo obliga a dar una declaración grabada a la aseguradora de la parte culpable, y hacerlo casi siempre los beneficia a ellos y no a usted. Los ajustadores usan esas declaraciones para fijarlo a una primera versión de los hechos. Hable con nosotros antes de dar cualquier declaración grabada.
Los reclamos contra una entidad pública de Oregón se rigen por la Ley de Reclamos Extracontractuales de Oregón (Oregon Tort Claims Act, ORS 30.275), que exige un aviso escrito del reclamo dentro de los 180 días siguientes a la lesión (un año en casos de muerte por negligencia). Perder ese plazo puede terminar el caso antes de que empiece, así que llámenos pronto cuando haya una agencia pública de por medio.
Los daños económicos (facturas médicas, salarios perdidos, atención médica futura) por lo general no tienen tope. Los daños no económicos, como el dolor y el sufrimiento, se han regido por ORS 31.710 y por una línea de fallos de la Corte Suprema de Oregón; ese marco de topes se ha litigado mucho y no está resuelto. Le explicamos cómo aplica la ley vigente a su caso concreto.
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